Pulsa «Intro» para saltar al contenido

Agrupaciones políticas deben acreditar a sus personeros para elecciones internas

Organizaciones tienen plazo hasta el 8 de mayo del 2022

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que las agrupaciones políticas deben acreditar a sus personeros para las elecciones internas. El plazo para la acreditación vence el 8 de mayo del 2022. A nivel nacional son 147 organizaciones que participarán en las próximas elecciones municipales y regionales del 2 de octubre. 

Para hacerlo, las agrupaciones políticas deberán ingresar al Registro de Elecciones Internas, que está publicado en el sitio web de la ONPE. Asimismo, el día de las votaciones cada lista podrá acreditar -ante la propia mesa de sufragio- a un personero para supervisar el desarrollo de la votación.

También puedes leer: Miembros de mesa no acuden a capacitarse para elecciones internas

Para este efecto, la identificación del personero ante la mesa de sufragio se hará por medio de la acreditación otorgada por el Órgano Electoral Central (OEC) de la organización política. Además, si los miembros de mesa, funcionarios y/o autoridades electorales lo piden, deberán presentar también su Documento Nacional de Identidad.

De otro lado, el organismo electoral aprobó la conformación de 93 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) -a nivel nacional- para organizar y ejecutar las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

También puedes leer: Huelguistas de reformatorio juvenil se reunirán con ministro de Justicia

Estas ODPE son las encargadas de realizar el sorteo, publicación y entrega de credenciales a los miembros de mesa. También ven los trámites de excusa, justificaciones y capacitación de los actores electorales. Asimismo, determina la ubicación de los locales de votación y distribuye las mesas de sufragio en su jurisdicción y el material electoral. 

Además, las ODPE instalan las cámaras secretas y verifican su seguridad. Posterior al proceso electoral, realizan el cómputo de actas y entrega de resultados a los Jurados Electorales Especiales (JEE) en su respectiva jurisdicción.

Un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *